EXPEDIENTE Nº 036 – 2013 – CLUB CENTRAL DE BELL VILLE VS. CLUB UNION DE MORRISON – Cat. Senior – Suspensión de Partido-
LIGA BELLVILLENSE DE FUTBOL INFORMA:
EXPEDIENTE Nº 036 – 2013 – CLUB CENTRAL DE BELL VILLE VS. CLUB UNION DE MORRISON – Cat. Senior – Suspensión de Partido-
Y VISTO:
El informe del árbitro señor José Mingoranze del partido disputado por
los clubes Central de Bell Ville y Unión de Mórrison en categoría
Senior, el día 15 de junio de 2013, el cual reza: “…..el encuentro tuvo
que ser suspendido a los 37 minutos de juego del segundo tiempo, cuando
se jugaba el tiempo adicional de cuatro minutos y debía ejecutarse un
tiro libre penal a favor del club Central de Bell Ville, por los hechos
que paso a detallar: cuando cobro el tiro libre penal, se genera un
tumulto con los jugadores del Club Unión hacia mi persona por lo cual
tuve que pedirle colaboración a los policías para dispersar dicho
tumulto, quienes me manifiestan que dado los hechos no me pueden brindar
la seguridad, ya que son dos efectivos únicamente, por lo que decido
suspender dicho encuentro por falta de garantías, quedando por ejecutar
el tiro desde el punto penal….” (fs. 1), y su ampliación que corre a fs.
10, la cual textualmente reza: “……Que lo sucedido en dicho encuentro
fue lo siguiente: en el segundo adiciona cuatro minutos, cuando habían
transcurrido aproximadamente dos minutos de los cuatro, se produce un
cambio en el club Unión de Mórrison, habiendo el ordenado el cambio; él
observa cuando el jugador de Unión ingresa a la cancha y el jugador que
salía le faltaba un metro para salir de la línea demarcatoria del campo
de juego, con lo cual consideró y dio por hecho el cambio, haciendo
continuar el juego, tras lo cual viene la jugada en la cual sanciona
penal a favor de Central, lo que motiva la queja de los jugadores de
Unión; que dichos jugadores del club Unión se le acercaron provocando un
tumulto manifestándole que ellos “..no iban a dejar patear el penal”,
“que el penal no se pateaba”; en esas circunstancias llama a los dos
policías para que disiparan el tumulto y los policías le dicen que eran
solamente dos y no lo iban a poder hacer y que no les daban las
garantías para continuar el partido; ante ello, teniendo a los jugadores
de Unión con la postura de que no iban a dejar patear el penal y
suponiendo que los jugadores de Central si querían patear el penal,
consideró que podía producirse hechos más graves y para evitar males
mayores, decidió suspender el encuentro. Que asimismo manifiesta que
nadie le informo en esta Liga que los lineas tenían la obligación de
hacer los informes, que en todas las oportunidades que vino a dirigir
futbol senior nunca los líneas hacen los informes. Que es todo lo que
tenia que manifestar. Que a fs. 2 luce planilla de resultados. A fs. 4
copia del acta nº 19 de fecha 18-6-2013 de éste Tribunal, mediante la
cual se corre vista del informe del arbitro a ambos clubes. A fs. 5,
luce copia del oficio librado a la Policía de la Provincia de Córdoba,
Deleg. Justiniano Posse. A fs. 6/8 luce el descargo presentado por el
Club Unión y a fs. 9 el descargo formulado por el Club Central de Bell
Ville; Y CONSIDERANDO: Que en primer término debemos
evaluar si el partido estuvo correctamente suspendido, a lo que debemos
responder que si, ya que los únicos dos efectivos policiales que estaban
en la cancha, le manifestaron al árbitro que no podían dar las
garantías suficientes para que continuara el encuentro. En segundo
lugar, tenemos que avocarnos a determinar la causa por la cual se
produjo la suspensión del partido y entendemos que la misma tuvo su
razón de ser en el tumulto provocado por los jugadores del club Unión de
Morrison, tal cual lo manifiesta el árbitro en su informe y en su
ampliación. En tercer lugar, queda por determinar las consecuencias que
se derivan de la suspensión del partido por el accionar de los jugadores
de Unión, y la misma está normada en el art. 106 del R.T.P. que dice:
“…perdida de partido cuando el árbitro lo suspenda por alguno de los
siguientes motivos…..” y en su inc. g) dice “….cuando se produzca
desorden o agresión en la cancha o entre el público asistente promovido
por dirigente, delegado, jugador o integrante del personal técnico de
uno o de los dos equipos…”. Por ello; SE RESUELVE: 1)
Sancionar con la perdida de partido al Club Unión de Morrison, en
categoría Senior, por violación a los arts. 106 inc. g) 32 y 33 del
R.T.P., debiendo registrase el resultado de cero (0) gol para el club
Unión de Morrison y de dos (2) goles para el club Central de Bell
Ville, conforme art. 152 del mismo plexo normativo.
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