jueves, 2 de octubre de 2014


TRIBUNAL DE PENA - LIGA BELLVILLENSE DE FUTBOL - ACTA 32 - 30/09/2014


A continuación detallamos las SANCIONES TRIBUNAL DE PENAS de la Liga Bellvillense de Fútbol, copia fiel del acta entregada por la Liga:    


   

 Liga Bellvillense de Fútbol
Asociación civil - AFILIADA A A.F.A

TRIBUNAL DE PENAS

"UNA INSTITUCION PUJANTE Y EN PLENO CRECIMIENTO"

SANCIONES TRIBUNAL DE PENAS Fallos dictados por el Tribunal de Penas de la Liga 





Siendo las 21:00 Hs. se inicia la sesion con la presencia de:Sr Nelso Sampietro, Sr. Juan Temporini, Dr. Jorge
Caligaris, Dr. Angel Argüelles,Dr. Edgar Bichsel y el Sr. Jorge Colmano.
Presidio la sesion Nelso Sampietro
Secretaría: Dr. Jorge Caligaris

PRIMERA DIVISIÓN
Partido: ARGENTINO (M.J.)-TALLERES (B.V.) - arb. MARZOLLI MIGUEL EDUARDO
AY: D' ANNA EDUARDO ANTONIO Carnet: 00119 Club: ARGENTINO (M.J.): 2 Partido/s ( Art.186 /260 )
Partido: BELL (B.V.)-VILLA ARGENTINA (M.J.) - arb. RODRIGUEZ ADOLFO
Jug.: LOPEZ CARLOS JAVIER Carnet: 15772 Club: BELL (B.V.): 1 Partido/s ( Art.207 "a" )
Jug.: BALBUENA EMILIANO ANDRES Carnet: 16996 Club: VILLA ARGENTINA (M.J.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: BENITEZ LUCAS Carnet: 15920 Club: VILLA ARGENTINA (M.J.): 1 Partido/s ( Art.186 -210 )
Partido: DEFENSORES (S.M.S.)-SAN CARLOS (N) - arb. BRACAMONTE SILVIO
Jug.: MOYANO FEDERICO OMAR Carnet: 10924 Club: DEFENSORES (S.M.S.): 2 Partido/s ( Art.201 "b"1 )
Partido: DEP. LEONES (L)-MATIENZO (M.B.) - arb. ROLDAN CRHISTIAN RUBEN
Jug.: DEPETRIS MAXIMILIANO ARIEL Carnet: 17548 Club: DEP. LEONES (L): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: PROGRESO (N)-SAN MARTIN (M.J.) - arb. GUERRERO MARTIN
Jug.: SIEGENTHALER GERMAN Carnet: 05439 Club: SAN MARTIN (M.J.): 1 Partido/s ( Art.207 "a2 )
Partido: SAN MARTIN (M.B.)-SARMIENTO (L) - arb. CARBALLO GASTON
Jug.: CONOCCHIARI MAURO ANDRES Carnet: 17514 Club: SARMIENTO (L): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: ARGENTINO (B.V.)-TALLERES (B) - arb. FERRIÑO CRISTIAN
Jug.: ROLDAN GERMAN Carnet: 11041 Club: TALLERES (B):SUSPENSIÓN PROVISORIA
EXPTE 54/2014
Partido: LURO Y 30 DE JUNIO-CENTRAL (B.V.) - arb. CASTELLI JOSE
Jug.: RAMOS MARTIN EDUARDO Carnet: 01844 Club: CENTRAL (B.V.): 1 Partido/s ( Art.202 "b" )
Jug.: VERON BRIAN Carnet: 07090 Club: LURO Y 30 DE JUNIO: 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: Tiro Federal (MJ)-SPORTIVO UNION (O) - arb. PERITORE GUSTAVO
Jug.: MARINOZZI CESAR LUIS Carnet: 13575 Club: SPORTIVO UNION (O): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: UNION (M)-DEFENSORES (S.A.L.) - arb. ESPAÑON DARIO
Jug.: KARL FERNANDO EMILIO Carnet: 20370 Club: DEFENSORES (S.A.L.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1 )
Jug.: DIGLIODO JOSE MARIA Carnet: 11132 Club: UNION (M): 1 Partido/s ( Art.207 )

CUARTA DIVISIÓN
Partido: ARGENTINO (M.J.)-TALLERES (B.V.) - arb. GONZALEZ CESAR
Jug.: PONCE AYRTON SANTIAGO Carnet: 09889 Club: ARGENTINO (M.J.): 1 Partido/s ( Art.204 )
Jug.: SILVA OMAR EZEQUIEL Carnet: 18852 Club: TALLERES (B.V.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: DEFENSORES (S.M.S.)-SAN CARLOS (N) - arb. PERALTA JUAN
Jug.: ALLASIA LEONEL JAVIER Carnet: 09524 Club: DEFENSORES (S.M.S.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1 )SANCIONES TRIBUNAL DE PENAS
Fallos dictados por el Tribunal de Penas de la Liga 30/09/2014
ACTA 32 AÑO: 2014
LIGA BELLVILLENSE DE FÚTBOL
Asociación civil - AFILIADA A A.F.A
CUARTA DIVISIÓN
Jug.: ARRIETA MANUEL AGUSTIN Carnet: 09678 Club: DEFENSORES (S.M.S.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1-3 )
Jug.: CHIOTTI NICOLAS Carnet: 09666 Club: DEFENSORES (S.M.S.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1-3 )
Jug.: GONZALEZ SANTIAGO Carnet: 09659 Club: DEFENSORES (S.M.S.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1-3 )
Jug.: INGRASSIA JEREMIAS ANDRE Carnet: 09581 Club: DEFENSORES (S.M.S.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1-3 )
Jug.: LOPEZ SEBASTIAN Carnet: 09562 Club: DEFENSORES (S.M.S.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1-3 )
Jug.: MARFIL ADRIEL JESUS Carnet: 09613 Club: DEFENSORES (S.M.S.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1-3 )
Jug.: VELEZ JONATHAN LEONARDO Carnet: 15070 Club: DEFENSORES (S.M.S.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1-3 )
Jug.: ARGAÑARAS FEDERICO Carnet: 08850 Club: SAN CARLOS (N): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1 )
Partido: DEP. LEONES (L)-MATIENZO (M.B.) - arb. OITANA WALTER
Jug.: QUINTEROS JULIAN NICOLAS Carnet: 06308 Club: DEP. LEONES (L): 1 Partido/s ( Art.207 )
FUTBOL INFANTIL
Partido: RIVER PLATE (B.V.)-BELL (B.V.) - arb. FORNERO ELIAS - cat. Octava
Jug.: DIAZ LUCIO Carnet: 14178 Club: RIVER PLATE (B.V.): 1 Partido/s ( Art.207 /154 )
Jug.: RIOS IVAN DANIEL Carnet: 14165 Club: RIVER PLATE (B.V.): 1 Partido/s ( Art.186 /154 )
Partido: SAN CARLOS (N)-DEPORTIVO ROCA (G.R.) - arb. ESPAÑON OMAR - cat. Quinta
Jug.: DEGIOVANNI JULIANO OMAR Carnet: 17294 Club: SAN CARLOS (N): 1 Partido/s ( Art.207 /154 )
Partido: SAN MARTIN (M.B.)-MATIENZO (M.B.) - arb. - cat. Quinta
DT: OMINETTI WALTER HEBER Carnet: 00071 Club: MATIENZO (M.B.): 1 Partido/s ( Art.186 /260 )
Partido: BELL (B.V.)-RIVER PLATE (B.V.) - arb. RIVA DIEGO - cat. Séptima
Jug.: VIATRI AXEL GASTON Carnet: 07238 Club: BELL (B.V.): 1 Partido/s ( Art.201 /154 )
Partido: SAN MARTIN (M.B.)-MATIENZO (M.B.) - arb. BRACAMONTE ERIC - cat. Séptima
EXPTE 55/2014
Jug.: MONTEFUSCO NATALIO GASTON Carnet: 08377 Club: SAN MARTIN (M.B.):SUSPENSIÓN PROVISORIA
SENIOR
Partido: COMPLEJO DEP. (J.P.)-UNION (M) - arb. GOMEZ LUCAS
Jug.: DIAZ WALTER Carnet: 98349 Club: UNION (M): 2 Partido/s ( Art.186 )
Partido: DEFENSORES (S.M.S.)-ARGENTINO (B.V.) - arb. MORAN JUAN BENITO
Jug.: VELASQUEZ DARIO MIGUEL Carnet: 99160 Club: ARGENTINO (B.V.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: COLOMBO CRISTIAN RICARDO Carnet: 99014 Club: DEFENSORES (S.M.S.): 1 Partido/s ( Art.186 )
EXPTE 1/2014 Incumplimientos de pagos violación art. 77
1-Se recibe nota de la secretaría de la Liga informando que a la fecha (30/09/2014), los clubes : CENTRAL (BV),
SAN MARTÍN (MB) VILLA ARGENTINA (MJ), RIVER PLATE (BV), SAN CARLOS (N), DEFENSORES DE
JUVENTUD (JP),LURO Y 30 JUNIO (C),MATIENZO (MB), han abonado su deuda
2- Los clubes: ARGENTINO (MJ), UNION (M), DEFENSORES (SAL), DEFENSORES (SMS), TIRO FEDERAL(MJ), COMPLEJO DEPORTIVO (JP), y SARMIENTO (L) se SUSPENDENPROVISIONALMENTE, elevando loactuado al Consejo directivo de Liga a los fines pertinentes.
EXPEDIENTES INCUMPLIMIENTO DE PAGO
EXPEDIENTES
EXPTE 34/2014 Club Complejo Deportivo de Justiniano Posse s/ reclamo por daños
Y VISTO ...El reclamo de daños formulado por el Club Complejo Deportivo de Justiniano Posse, referidos a los sufridos en los vestuarios, los que son achacados al Club Centro Deportivo Rocca. Corrida vista al Club reclamado éste contesta la misma negando la autoría de aquellos. Que citados los clubes a los fines de una conciliación la misma no se puede acordar en virtud de ser los extremos sostenidos por cada uno muy distantes. Designado Perito Oficial para determinar cuantía y realización de las tareas. Y CONSIDERANDO ...Que en el caso de autos se trata como primera medida de establecer la efectiva rotura de
materiales reclamada por el Club Complejo, para ello tenemos como elemento dirimente las fotografías y pericia técnica, que da cuenta de la reposición de materiales y bienes en los vestuarios. Como segunda cuestión se tratará de dilucidar la autoría de los
mismos y para ello tenemos que tener en cuenta que en el partido en cuestión realizado en la cancha de Complejo Deportivo ese día utilizó el vestuario, antes que Centro Deportivo Roca, el Club Defensores de Juventud y que retirado éste, entró a hacer uso
del mismo el club reclamado, por lo que va de suyo que si el vestuario no hubiese estado en condiciones tendría que haberobjetado el estado del mismo. Es sabido que quién omite hacer saber estas cuestiones, debe acarrear con las consecuencias desu omisión. Establecidas así las cuestiones queda dirimir la cuantía de los daños y para ello tenemos que atenernos a los montos expresados por el perito oficial. Por último se deben consignar las costas y en ese sentido se estableceran en un cincuenta por
ciento para cada club, habida cuenta de como queda resuelta la controversia, es decir prospera por los hechos pero por un monto sensiblemente inferior al reclamado. SE RESUELVE ...I-Hacer lugar parcialmente al reclamo de daños formulado por el Club Complejo Deportivo y en consecuencia mandar a pagar al Club Centro Deportivo Roca en los términos y condiciones dados por el
art. 103 del R.T.P., la suma de $ 5.459,91.-
II- Imponiéndose el pago de los honorarios del perito,esto es, la suma de Un mil seteciento pesos, ($ 1.700.-). en un 50 % para cada uno de los clubes, art. 101 RTP, debiendo abonar los mismos en los término y condiciones del art. 103 RTP
EXPTE 46/2014 MARTINEZ NICOLAS JHONATAN p.s.a intento agresión
Y VISTO ... Y CONSIDERANDO ...SE RESUELVE ...Sancionar al jugador Martinez Nicolas, carnet 14084, del club River Plate de Bell Ville, con la pena de seis (6) partidos de suspensión, por violación art. 185-/154-32-33 del RTP:
EXPTE 48/2014 Club Ctro Deportivo roca (GR), s/reclamo partido cat. 2002
Y VISTO ...El reclamo de puntos formulado por el Club Centro Deportivo Roca de la localidad de General Roca, en el cual argumenta que en el partido de categoría 2002 que disputo con el equipo de Tiro Federal de Marcos Juarez, este último, no
presentó en planilla tres cambios alternativos, o sea, once jugadores titulares y tres suplentes y realizar dichos cambios en el transcurso del partido.- Que corrida vista al Club Tiro Federal, este manifiesta que es verdad que no presentó en la planilla de
juego los tres cambios alternativos y que por ende no los llevo a cabo, argumentando que en distintas planillas, el Club Tiro Federal, no completa la totalidad de los jugadores ya que es un club que participa en esta Liga desde hace tan solo un año y
medio y en la catergoria 2002, es el primer año que lo hace en cancha grande. Manifiesta que es una Institución que no cuenta con una gran cantidad de jugadores; que gracias a la tarea del club se van formando más jugadores para la categoría; que al
momento de la iniciación del partido, ninguna objeción efectúo el delegado del club visitante; que no ha existido mala fe ni intención de sacar ventaja deportiva de ésta situación; y se basan en el criterio de que los partidos se ganan en la cancha.- Y
CONSIDERANDO ...Que si bien es cierto que el reglamento del Torneo 2014 del Futbol Infantil de ésta Liga, publicado mediante boletín oficial Nº02/2014 de fecha 11de marzo de 2014, establece en su artículo 7 que "los cambios son libres y es obligación tener como mínimo (Tres Suplentes), también es cierto que en el Reglamento de Fútbol Infanto - Juvenil, del Consejo Federal, el
cual tiene vigencia obligatoria para todas las ligas de Fútbol afiliadas a la A.F.A., el artículo 19 inc. b, establece "Cantidad mínima de jugadores para iniciar el encuentro: las divisiones A y B, podrán iniciar los encuentros con un mínimo de siete (7) jugadores por
Bando...."; de lo que se deduce que un club puede iniciar el encuentro con siete (7) jugadores.- Debemos resaltar, además, que ninguna objeción consta formulada en planilla por el Club Roca antes del inicio del encuentro. A su turno, la regla 3 del
Reglamento de Juego de FIFA, estipula que el partido se debe disputar con un máximo de 11 jugadores cada uno ... y agrega que el partido no comenzará si uno de ellos tiene menos de 7 jugadores, por lo que se interpreta que el hecho de haber jugador con
11 jugadores titulares y 1 suplente, (que ingresó en tiempo y forma) en nada altera la finalidad de la norma tenida en cuenta.- Que como adelanto de opinión podemos decir que es criterio de éste Tribunal que los partidos se ganan en la cancha. El vocal Juan Temporini disiente de esta postura por las siguientes consideraciones, a saber: que en Reglamento Infanto Juvenil del Consejo Federal, en su art. 19 inc. "a", dice "Cantidad de jugadores que lo integran: la divisiones A y B deberán estar integradas por once jugadores titulares y cinco sustitutos..." motivo por el cual hace imperativa la norma en cuanto a la constitución de los equipos. Si
bien es cierto que en el mismo áarticuloen su inc. "b", que habla de la cantidad mínima de jugadores para iniciar el encuentro diciendo "... las divisiones A y B podrán iniciar los encuentros con un mínimo de siete jugadores por bando, pudiendo durante su
transcurso completar la cantidad que correspondan previa autorización del árbitro y siempre que figuren acentados en planilla, por lo cual esta norma también es de carácter imperativo. Asi mismo debo mencionar el Reglamento del Torneo 2014 del Futbol
Infantil, que figura como anexo en el boletín Oficial Nº 02/2014, de la Liga Bellvillense de Futbol, de fecha 11/03/2014, en donde se estipula que en las categorías del Fútbol Infantil es de carácter de obligatorio un mínimo de tres suplentes.Por todo ello:SE RESUELVE ...1- Rechazar en todas sus partes el reclamo formulado por el Club Centro Deportivo Roca, conforme a los argumentos vertidos en los considerandos del presente (art. 32 y 33 del R.T.P.).-
2- Confirmar el resultado del partido disputado en categoría 2002 entre Tiro Federal de Marcos Juarez y Centro Deportivo Roca, conforme planilla de resultado del partido (Tiro Federal 1 - Roca 0).
3- Sancionar al club Ctro Deportivo Roca con la Multa equivalente al derecho de protesta, de conformidad con lo dispueto en los 14 y 21 del RTP, y en consecuencia autorizar a la Liga para la disposición de dichos fondos .
4- La presente resolución lo es con el voto en disidencia del vocal Juan Temporini.
EXPTE 49/2014 Club Talleres (BV) s/ protesta partido 1ra división
Y VISTO ...El reclamo formulado por el Club Talleres de Bell Ville, referido a la quita de puntos obtenidos por el Club Sarmiento de Leones en el partido sostenido entre ambos el día 08 de septiembre de 2014, en cancha del Club Sarmiento y en el que resultara ganador el reclamado por 2 tantos a 1. El mismo se funda en la supuesta indebida inclusión del jugador Facundo Tello, carnet nº 17518 del Club Sarmiento de Leones. En efecto sostiene que el jugador Tello, fue indebidamente incluido por que el Club Sarmiento, dado que no cumplimento con la totalidad de la documentación habilitante, que solo presentó la solicitud de inclusión del jugador antes de la fecha del cierre del Libro de Pases, todo ello conlleva a la violación de los arts. 45, 46 y 47 inc. b, acápite Pases del Estatuto y Reglamento General de la Liga Belvillense de Fútbol. Acompañan copia de la planilla de juego. Corrido traslado al Club Sarmiento, expresa: Que rechaza todos y cada uno de los términos del reclamo de puntos impetrado por la
Institución reclamante, negando particularmente que Facundo Tello, haya estado indebidamente incluido al día 31 de agosto de 2014. Consideran que el reclamo no es ajustado a derecho y pretenden dejar sentado el principio de que los puntos se ganan en la cancha. A su turno manifiestan que dieron cumplimiento a todos los requisitos administrativos a los fines de inscribir y habilitar a Tello, dando cumplimiento al art. 39 del Reglamento General de Clubes Afiliados. Hace mención a que la Liga tiene un
procedimiento común y usual para llevar a cabo las inscripciones y habilitaciones, usos que forman parte del plexo normativo.
Solicitado informe a la Secretaría Administrativa de la Liga, esta expresa que no obstante lo estipulado por Reglamento, desde siempre se exigió al cierre del libro de pases, la presentación de solictud de pase expresada por el jugador y en caso de alguna
documentación faltante, se le otorgaba un plazo para su presentación. Dejan constancia que a pesar del tiempo transcurrido y la metodología aplicada nunca se generó reclamo alguno ni presentación en contrario por algun (Club) afiliado a la Liga. Como
prueba de dichas afirmaciones acompañan a modo ejemplificativo 15 formularios de casos en igualdad de condiciones con el del Jugador Tello Y CONSIDERANDO ...Que entrando al análisis de la cuestión diremos que en la especie se trata del reclamo de puntos efectuado por el Club Talleres de Bell Ville, al Club Sarmiento de Leones, por la supuesta indebida inclusión del jugador
Tello, debido a que éste Club, a la fecha del cierre del libro de pases no había cumplimentado con la totalidad de la
documentación requerida para ello. Y si bien en principio y atenidos a la fría letra del plexo normativo citado, arts. 45, 46 y 47 inc.
b del acápite Pases del Estatuo y Reglamento General de la Liga Belvillense de Fútbol, podríamos decir en principio que le
asistiría razón al reclamante, empero éste Tribunal, fundado en reiterada y pacífica jurisprudencia propia, de que los puntos se
deben ganar en la cancha y en consonancia con lo informado por la Secretaría administrativa de la Liga, se permitirá apartarse
del frío texto legal. En tal sentido y adelantando opinión como método, diremos que el reclamo se desesitimará. En efecto, fundados en el informe y prueba arrimada por la mencionada Secretaría, se puede sostener que los clubes afiliados han llegado a
un acuerdo tácito general en beneficio común, que establece una especie de prórroga, para que los mismos gocen de un plazo suficiente para poder cumplimentar con la totalidad de la documentación a los fines de las habilitaciones pertinentes. Es decir que en el caso de autos, estamos en presencia de una situación de hecho en la que los usos y costumbres han suplido o complementado lo establecido positiva mente por el Reglamento. Esto, como se tiene dicho se funda en la abundante prueba aportada por la Secretaría e incorporada a instancias de este Tribunal, de la que se desprende que existen de hecho jugadores y clubes en similares situaciones (al menos dieciseis casos, entre otros) como en el caso en cuestión. Cabe hacer mención en
esta instancia que el propio Club reclamante, es uno de ellos, es decir el propio incidentista ha usado y se ha beneficiado con el acuerdo tácito de voluntades antes expuesto; sobre el particular consideramos que es dable citar la Teoría de los Actos Propios,
sostenido por variados y encumbrados Tribunales Deportivos y de Justicia del País. Por otro costado, el reclamo debe ser rechazado toda vez que este Tribunal entiende que en pos del principio de equidad contemplado en el art. 32 del R.T.P., no le
asiste razón al reclamante, quien lo formula abusandose de una situación de hecho perfectamente conocida y utilizada por el mismo, actuando si se quiere en una actitud rayana a la mala fe, que no se condice con los principios generales del deporte, de la equidad y el derecho. SE RESUELVE ...I) Rechazar el reclamo efectuado por el Club Talleres de Bell VIlle, conforme a losargumentos vertidos en los considerandos (art. 32,33 RTP)
II) Confirmar el resultado del partido disputado entre Talleres y Sarmiento, conforme planilla de resultado de partido (Sarmiento 2 - Talleres 1);
III) Sancionar al Club Talleres de Bell Ville, con la multa equivalente al Derecho de Protesta de conformidad con lo dispuesto en el art. 14 y 21 del R.T.P. y consecuencia autorizar a la Liga la disposición de dichos fondos.;
EXPTE 51/2014 BUSTAMANTE HERALDO ALBINO ý otros p.s.a Agresion y suspensión partido
Y VISTO ... Y CONSIDERANDO ...SE RESUELVE ...I- Sancionar al club Unión de Morrison, con la pena de pérdida de partido, por violación art. 106 Inc. "g"-32-33, con el resultado que se registraba Club Central de Bell Ville,uno (1), Unión de Morrison cero (0), art. 152.
II- Sancionar al jugador Bustamante Heraldo, carnet 2660, del club Unión de Morrison con la pena de un (1) año de suspensión, por violación a los art. 183-32-33 del RTP.
III- Sancionar al jugador Arrieta Andrés, carnet 9037, del club Unión de Morrison, con la pena de cuatro (4) partidos de suspesnsión, por violacion a los aert. 184-32-33 del RTP.
IV- Sancionar al D.T. Ghezzi Diego, carnet 1236, del club Unión de Morrison, con la pena de dos (2) partidos de suspensión, por violacion a los art. 186-32-33 del RTP:
EXPTE 52/2014 SANCHES MIGUEL ANGEL p.s.a agresión
Citar por segunda y última vez, para el día martes 07/10/2014 a las 21.00 hs, al sr. Sanches Miguel, para receptársele declaración, art. 8 RTP:
EXPTE 54/2014 ROLDAN GERMAN p.s.a agresión
Citar para el día martes 0710/2014 a las 20.30 hs, al sr. Roldan Germá,`para receptrsele declaración, art. 8 RTP
EXPTE 55/2014 MONTEFUSCO NATALIO GASTON p.s.a agresión Citar para el día martes 07/10/2014 a las 20.30 hs, al sr. Montefusco Natalio, acompañado por sus sres padres y/o delegado del
club, para receptársele declaración, art. 8 RTP:
EXPTE 56/2014 Club Ctro Deportivo Roca p.s.a disturbios Correr traslado por el término de cinco (5) días del informe del Árbitro al Club Ctro Deportivo Roca, art. 7 RTP.
EXPTE 57/2014 San Carlos (N),s/ reclamo partido cuarta división.
Correr traslado por el término de cinco (5) días del reclamo de partido cuarta división al club Talleres (BV),
EXPTE 58/2014 Villa Argentina (MJ), vs Atletico Leones, cuarta división s/suspensión
I-Correr traslado por el término de cinco (5) días del informe del Árbitro al Club Villa Argentina de Marcos Juarez.
II Oficiar a la Policia de la Pcia Córdoba delegacion Marcos Juarez a los fines de que informe si el club villa argentina (MJ), solicitó adicionales para el encuentro que debía disputar en cuarta división con el club Atletico de Leones el día 25/09/2014
EXPTE 59/2014 Roldán German p.s.a Agresión
Citar para el día martes 07/10/2014 a las 20.45 hs, al sr. Germán Roldan, para receptársele declaración, Art. 8 RTP.
EXPTE 60/2014 Talleres (Ballesteros) s/formula denuncia
i-Correr traslado por el término de cinco (5) días de la denuncia formulada al club Argentino de Bell Ville. Art. 7 RTP.
II-Oficiar a la policia de la Pcia. de Cordoba delg. Bell ville para que informe sobre los hechos acontecidos durante la disputa del partido de primera división entre las primeras divisiones de los clubes Argentinop de Bell Ville vs Talleres de Ballesteros.
EXPEDIENTES
EXPTE 61/2014 Montefusto Natalio p.s.a agresión
Citar para el día martes 07/10/2014 a las 21.00 hs, al sr. Natalio Montefusco, acompañado por sus srs padres y/o delegados del
club, art. 8 RTP.
EXPTE 62/2014 Club Argentino (M.Juarez) s/reclamo daños
Correr traslado por el término de cinco (5) días al club San Carlos de Noetinger, del reclamo de daños formulado por el club Argentino de Marcos Juarez, art. 7 RTP:
Sancionar con una fecha de suspensión por violación al art. 208 (5 amarillas)
Jug.: MARRONKLE JOAQUIN Carnet: 07111 Club: TALLERES (B.V.) .-CUARTA A
Jug.: VALLINO SACHA GABRIEL Carnet: 06986 Club: TALLERES (B.V.) .-CUARTA A
Jug.: VERON VICTOR Carnet: 15272 Club: TALLERES (B.V.) .-CUARTA A
Jug.: ARIS LEANDRO ALBERTO Carnet: 09118 Club: SAN CARLOS (N) .-CUARTA A
Jug.: LUNA FACUNDO Carnet: 17282 Club: SAN CARLOS (N) .-CUARTA A
Jug.: BENEGAS ALEXIS DAMIAN Carnet: 09042 Club: PROGRESO (N) .-CUARTA A
Jug.: INGA LEONARDO ESEQUIEL Carnet: 17999 Club: RIVER PLATE (B.V.) .-CUARTA B
Jug.: DIAZ GASTON ESEQUIEL Carnet: 07641 Club: DEF. DE JUVENTUD (J.P.) .-CUARTA B
Jug.: DIAZ MARIO ESEQUIEL Carnet: 19211 Club: DEF. DE JUVENTUD (J.P.) .-CUARTA B
Jug.: KEMPES NICOLAS HUGO Carnet: 13006 Club: LURO Y 30 DE JUNIO .-CUARTA B
Jug.: NOCELLI JUAN JOSE Carnet: 20705 Club: TALLERES (B) .-Infantil Quinta
Jug.: CABRERA ALAN SERGIO Carnet: 05578 Club: MATIENZO (M.B.) .-Infantil Sexta
Jug.: PIEDRAS JUAN CRUZ Carnet: 12619 Club: SARMIENTO (L) .-Infantil Sexta
Jug.: CORDOBA IGNACIO Carnet: 11419 Club: CENTRAL (B.V.) .-Infantil Séptima
Jug.: GONGORA VICTOR WALTER Carnet: 14904 Club: ARGENTINO (M.J.) .-PRIMERA A
Jug.: OCON JUAN EMANUEL Carnet: 17394 Club: TALLERES (B.V.) .-PRIMERA A
Jug.: RODRIGUEZ FACUNDO M. Carnet: 01353 Club: BELL (B.V.) .-PRIMERA A
Jug.: SALGUERO GABRIEL ERNESTO Carnet: 06805 Club: BELL (B.V.) .-PRIMERA A
Jug.: MURUA JAVIER EDGAR Carnet: 09671 Club: DEFENSORES (S.M.S.) .-PRIMERA A
Jug.: PAREDES MAURO RENE Carnet: 17117 Club: SAN CARLOS (N) .-PRIMERA A
Jug.: ORTEGA MAXIMILIANO EZEQUIEL Carnet: 08130 Club: MATIENZO (M.B.) .-PRIMERA A
Jug.: BEVILACQUA WALTER DANIEL Carnet: 08759 Club: PROGRESO (N) .-PRIMERA A
Jug.: ALIENDRO FRANCO Carnet: 16766 Club: SAN MARTIN (M.J.) .-PRIMERA A
Jug.: ESCAMILLA JOSE IGNACIO Carnet: 13778 Club: ARGENTINO (B.V.) .-PRIMERA B
Jug.: FAVA MATIAS DAMIAN Carnet: 20805 Club: TALLERES (B) .-PRIMERA B
Jug.: LUTTERINI GASTON ALBERTO Carnet: 02970 Club: TALLERES (B) .-PRIMERA B
Jug.: ALI SEBASTIAN JOSE Carnet: 12678 Club: COMPLEJO DEP. (J.P.) .-PRIMERA B
Jug.: COENDA JUAN MANUEL Carnet: 04178 Club: RIVER PLATE (B.V.) .-PRIMERA B
Jug.: LIUZZO CRISTIAN Carnet: 18477 Club: RIVER PLATE (B.V.) .-PRIMERA B
Jug.: DORREGO JOSUE NAHUEL Carnet: 19202 Club: DEF. DE JUVENTUD (J.P.) .-PRIMERA B
Jug.: RODRIGUEZ MATIAS Carnet: 13021 Club: DEF. DE JUVENTUD (J.P.) .-
Jug.: BRE GABRIEL OMAR Carnet: 20986 Club: LURO Y 30 DE JUNIO .-PRIMERA B
Jug.: SAEZ MARIANO GERARDO Carnet: 04925 Club: Tiro Federal (MJ) .-PRIMERA B
Jug.: GUAYAN FRANCO MATIAS Carnet: 20295 Club: DEFENSORES (S.A.L.) .-PRIMERA B
Jug.: JAIME WALTER ALCIDES Carnet: 99095 Club: SAN CARLOS (N) .-Senior Senior

OBSERVACIONES
I- Dar por perdido al club Defensores de San Marcos Sud, el partido de cuarta división disputado vs el club San
Carlos de Noetinger, por violación art´106"e", con el resultado de cero gol para Defensores de San Marcos sud y de dos goles para el club San Carlos de Noetinger, art. 152 del RTP.
II-Al pedido de reconsideracion formulado por el club Villa Argentina (MJ), en favor del jugador Peralta Ricardo,
NO HA LUGAR, por no aportar pruebas que desvitúen el informe del árbitro, art. 40 RTP
III-Al pedido de reconsideración formulado por el club Argentino de Marcos Juarez, en favor del jugador Manuel Gomez, NO HA LUGAR, porque las imágenes aportadas son coincidentes con el informe del árbitro, art. 40
RTP.
Jugador Carnet Categoria Club
13168 CANELO GERMAN ANDRES 1990 CLUB A. ARGENTINO (B.V.)
13377 NOBREGA JOAQUIN EDUARDO 1998 CLUB A. ARGENTINO (B.V.)
13297 SAGUES JUAN MANUEL 1996 CLUB A. ARGENTINO (B.V.)
13905 TORRES MARIANO JAVIER 1995 CLUB A. ARGENTINO (B.V.)
13062 VASCONI CRISTOPHER ALEXIS 1991 CLUB A. ARGENTINO (B.V.)
19766 ARMANDO AGUSTIN 1999 CLUB A. ARGENTINO (M.J.)
15881 BOTTACIN LUCIANO 1993 CLUB A. ARGENTINO (M.J.)
16643 CASTRO MAXIMILIANO 1992 CLUB A. ARGENTINO (M.J.)
14743 CONDE ESTEBAN 1995 CLUB A. ARGENTINO (M.J.)
16814 GIRAUDO FERNANDO GABRIEL 1992 CLUB A. ARGENTINO (M.J.)
14298 GOMEZ SANTIAGO 1984 CLUB A. ARGENTINO (M.J.)
15996 GUEVARA NICOLAS MARCELO 1994 CLUB A. ARGENTINO (M.J.)
14815 PAYERO EMILIANO 1993 CLUB A. ARGENTINO (M.J.)
16808 VESCOVO MATIAS DANIEL 1996 CLUB A. ARGENTINO (M.J.)
18874 BAIGORRIA IGNACIO JOAQUIN 1996 CLUB A. CENTRAL (B.V.)
18751 CAMPOS CARLOS ANDRES 1994 CLUB A. CENTRAL (B.V.)
Listado de Jugadores con 4 tarjetas amarillas
20541 DANIELE FRANCO EMILIANO 1985 CLUB A. CENTRAL (B.V.)
18828 NAIMAYER MARIO ALBERTO 1997 CLUB A. CENTRAL (B.V.)
5465 AMIGONE ALEXIS GABRIEL 1997 CLUB A. MATIENZO (M.B.)
5390 ANDRADA NICOLAS MAXIMILIANO 1994 CLUB A. MATIENZO (M.B.)
5343 ARIAUDO MARTIN 1992 CLUB A. MATIENZO (M.B.)
5496 GUEVARA MICHAEL BRAIAN 1997 CLUB A. MATIENZO (M.B.)
5482 PEREZ GONZALO JAVIER 1998 CLUB A. MATIENZO (M.B.)
5445 TRILLINI AGUSTIN 1996 CLUB A. MATIENZO (M.B.)
4618 ACUÑA WILSON GERMAN 1985 CLUB A. PROGRESO (N)
8895 BENEGAS GONZALO CARLOS 1992 CLUB A. PROGRESO (N)
17378 CONTRERAS FRANCO 1999 CLUB A. PROGRESO (N)
15271 LOPEZ ALBANO GASTON 1998 CLUB A. PROGRESO (N)
19552 MORALES JUAN MANUEL 1989 CLUB A. PROGRESO (N)
8865 SELAK NICOLAS 1990 CLUB A. PROGRESO (N)
8998 VAUDAGNA JOAQUIN 1995 CLUB A. PROGRESO (N)
8930 VEGA GERLERO LUCAS MARTIN 1993 CLUB A. PROGRESO (N)
9129 VISCA CRISTOPHER 1999 CLUB A. PROGRESO (N)
8281 GREGORI IGNACIO J. 1996 CLUB A. SAN MARTIN (M.B.)
8057 GUEVARA RODRIGO ALEJANDRO 1988 CLUB A. SAN MARTIN (M.B.)
8255 LEONI MARCELO ROBERTO 1984 CLUB A. SAN MARTIN (M.B.)
2430 LOPEZ RUIZ LUCAS MATIAS 1982 CLUB A. SAN MARTIN (M.B.)
8332 QUINODOZ TOMAS HECTOR 1998 CLUB A. SAN MARTIN (M.B.)
11855 SANCHEZ JULIO RICARDO 1989 CLUB A. SAN MARTIN (M.B.)
8298 TURTURICI SERGIO JAVIER 1997 CLUB A. SAN MARTIN (M.B.)
7176 CEBALLE DARIO DANIEL 1980 CLUB A. SARMIENTO (L)
17510 GARGARELLI ROQUE CARLOS 1992 CLUB A. SARMIENTO (L)
6018 MOLINA NICOLAS 1991 CLUB A. SARMIENTO (L)
12257 NITARDI EMILIANO RICARDO 1989 CLUB A. SARMIENTO (L)
12647 PIEDRAS TOMAS 2001 CLUB A. SARMIENTO (L)
12459 PUPILLI DAVID 1995 CLUB A. SARMIENTO (L)
11725 CAON PAOLO GABRIEL 1994 CLUB A. SPORTIVO UNION (O)
12110 CHIAMBA AGUSTIN NAHUEL 2001 CLUB A. SPORTIVO UNION (O)
11670 GAIDO DENIS MICAEL 1994 CLUB A. SPORTIVO UNION (O)
11653 GOMEZ JORGE LUIS 1994 CLUB A. SPORTIVO UNION (O)
11654 GOMEZ JOSE LUIS 1994 CLUB A. SPORTIVO UNION (O)
99031 MARIANI GASTON 1976 CLUB A. SPORTIVO UNION (O)
11756 MONTENEGRO MATIAS ALEJANDRO 1997 CLUB A. SPORTIVO UNION (O)
11678 NUÑEZ AGUSTIN OMAR 1995 CLUB A. SPORTIVO UNION (O)
20950 FERNANDEZ AXEL JUAN 1998 CLUB A. TALLERES (B)
19573 VILCHES DARIO ALBERTO 1986 CLUB A. TALLERES (B)
17992 GIMENEZ EVEN DIEGO 1996 CLUB A. TALLERES (B.V.)
13296 JUAREZ EZEQUIEL 1996 CLUB A. TALLERES (B.V.)
13447 MONTIEL OMAR 1980 CLUB A. TALLERES (B.V.)
6953 RAMELLO AGUSTIN 1994 CLUB A. TALLERES (B.V.)
40000 TONINETTI MARCOS ARIEL 1997 CLUB A. TALLERES (B.V.)
10930 CORIA MAXIMILIANO DANIEL 1991 CLUB A. UNION (M)
11052 CORIA NICOLAS GUSTAVO 1994 CLUB A. UNION (M)
11132 DIGLIODO JOSE MARIA 1996 CLUB A. UNION (M)
4609 GARCIA CESAR ANDRES 1985 CLUB A. UNION (M)
6629 GONZALEZ MARCELO JAVIER 1987 CLUB A. UNION (M)
12145 PEREZ SANTIAGO 2002 CLUB A. UNION (M)
11160 QUINTEROS LAUTARO LEONEL 1999 CLUB A. UNION (M)
10970 REY MAICO DAMIAN 1994 CLUB A. UNION (M)
11294 RODRIGUEZ CASTILLO AGUSTIN 2000 CLUB A. UNION (M)
98304 SALGUERO CLAUDIO GUSTAVO 1968 CLUB A. UNION (M)
15920 BENITEZ LUCAS 1994 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
16063 BRUGNARO JUAN MARCELO 1998 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
16059 BUSANO ENZO 1998 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
16113 CABRAL MAXIMILIANO ALBERTO 1997 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
16147 CUELLO TOMAS AGUSTIN 2001 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
16003 FERREYRA MARTIN 1996 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
15950 GENTA MAICO FABIAN 1993 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
17110 LUNA GUILLERMO 1992 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
17331 MALDONADO ENZO MATIAS 1986 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
16920 PARMUCCI AGUSTIN 1993 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
16118 PEDERNERA LEONARDO ADRIAN 1999 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
16119 PERALTA IGNACIO 1999 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
16197 PERALTA RODRIGO ALEJANDRO 2001 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
16066 ROCHA JUAN CARLOS 1998 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
16407 RODRIGUEZ LUCAS MAXIMILIANO 1986 CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.)
12661 BUSTOS MARCO EDUARDO 1979 CLUB A. Y B. BELL (B.V.)
7081 CELIZ TOMAS 1997 CLUB A. Y B. BELL (B.V.)
20531 DIAZ ALEXIS 1985 CLUB A. Y B. BELL (B.V.)
15197 MARFIL IGNACIO GASTON 1997 CLUB A. Y B. BELL (B.V.)
7018 OSSES ALEXIS 1996 CLUB A. Y B. BELL (B.V.)
18825 BOJAR BRUNO GABRIEL 1997 CLUB A. Y B.RIVER PLATE (B.V.)
14000 BOLATTI GINO 1997 CLUB A. Y B.RIVER PLATE (B.V.)
40070 IBAÑEZ FACUNDO 1999 CLUB A. Y B.RIVER PLATE (B.V.)
6872 INGA VICTOR SEBASTIAN 1992 CLUB A. Y B.RIVER PLATE (B.V.)
9859 MARFIL JONATHAN EMANUEL 1993 CLUB A. Y B.RIVER PLATE (B.V.)
13427 SEBALLOS MAYCO E. 1995 CLUB A. Y B.RIVER PLATE (B.V.)
17940 TAMBORINI DIEGO ALEJANDRO 1996 CLUB A. Y B.RIVER PLATE (B.V.)
13970 THEILER LORENZO MATIAS 1996 CLUB A. Y B.RIVER PLATE (B.V.)
17368 ALVAREZ NICOLAS JAVIER 1980 CLUB ATLETICO SAN CARLOS (N)
12660 BOLZICCO EMMANUEL GONZALO 1989 CLUB ATLETICO SAN CARLOS (N)
9085 CABEZA JUAN PABLO 1998 CLUB ATLETICO SAN CARLOS (N)
4650 CIOCCA BERNARDO 1985 CLUB ATLETICO SAN CARLOS (N)
17293 FILIPPI LUCAS EZEQUIEL 1998 CLUB ATLETICO SAN CARLOS (N)
99093 GUIDI DAMIAN ALBERTO 1972 CLUB ATLETICO SAN CARLOS (N)
9784 BRIZUELA LAUREANO ROBERTO 1973 CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.)
7720 CRESCIMBENI NATALIO GUIDO 1997 CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.)
7752 DAMIANI JUAN CRUZ 1998 CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.)
7821 LOMELLO TOMAS 2000 CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.)
2190 PAIRETTI LUCIANO ANDRES 1981 CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.)
7709 QUINTEROS LUCIANO BENJAMIN 1997 CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.)
19245 ABBA NICOLAS JOAQUIN 1996 CLUB DEF. DE JUVENTUD (J.P.)
19127 BAEZ JONATAN DANIEL 1993 CLUB DEF. DE JUVENTUD (J.P.)
4208 BALLADARES FRANCO 1984 CLUB DEF. DE JUVENTUD (J.P.)
19341 MATTIO MATEO JESUS 2000 CLUB DEF. DE JUVENTUD (J.P.)
19373 OLMOS PATRICIO EZEQUIEL 2000 CLUB DEF. DE JUVENTUD (J.P.)
19363 PRANZONI GIANLUCA 2000 CLUB DEF. DE JUVENTUD (J.P.)
18518 SCHEGGIA FERNANDO 1989 CLUB DEF. DE JUVENTUD (J.P.)
10669 BERNARDI CESAR 2001 CLUB DEFENSORES (S.A.L.)
20315 ENRIA JUAN CARLOS 1994 CLUB DEFENSORES (S.A.L.)
17198 GONZALEZ JORGE ALBERTO 1994 CLUB DEFENSORES (S.A.L.)
17197 GONZALEZ JOSE OMAR 1993 CLUB DEFENSORES (S.A.L.)
20432 RODRIGUEZ FACUNDO IMANOL 1991 CLUB DEFENSORES (S.A.L.)
20312 ROMERO MATIAS LUIS 1996 CLUB DEFENSORES (S.A.L.)
9654 ARCE JULIAN NICOLAS 1998 CLUB DEFENSORES (S.M.S.)
15314 ASCUA FRANCO EZEQUIEL 1993 CLUB DEFENSORES (S.M.S.)
4245 BERMUDEZ FEDERICO 1984 CLUB DEFENSORES (S.M.S.)
2903 BONA EDGARDO 1978 CLUB DEFENSORES (S.M.S.)
9669 CEBRERO EDUARDO EZEQUIEL 1988 CLUB DEFENSORES (S.M.S.)
99016 GODOY JORGE OMAR 1973 CLUB DEFENSORES (S.M.S.)
9581 INGRASSIA JEREMIAS ANDRE 1995 CLUB DEFENSORES (S.M.S.)
20999 MACIA MATIAS NICOLAS 1999 CLUB DEFENSORES (S.M.S.)
9650 MARFIL LUCAS JESUS 1998 CLUB DEFENSORES (S.M.S.)
9388 MERLINI LEANDRO 1988 CLUB DEFENSORES (S.M.S.)
9645 VELEZ CLAUDIO ALEJANDRO 1997 CLUB DEFENSORES (S.M.S.)
6146 AGUIRRE FABIAN LAUTARO 1996 CLUB DEP. LEONES (L)
6289 ALARCON DAVID 2000 CLUB DEP. LEONES (L)
6259 BAZAN MATIAS ALEJANDRO 1999 CLUB DEP. LEONES (L)
12541 BENITEZ LUCAS ALEJANDRO 1994 CLUB DEP. LEONES (L)
5954 CARTECHINI FRANCO 1987 CLUB DEP. LEONES (L)
15678 CEBALLOS SEBASTIAN ALBERTO 1985 CLUB DEP. LEONES (L)
17548 DEPETRIS MAXIMILIANO ARIEL 1990 CLUB DEP. LEONES (L)
6266 FANTATO TOMAS LUIS 1999 CLUB DEP. LEONES (L)
3920 GOMEZ MAURICIO 1982 CLUB DEP. LEONES (L)
6373 LOPEZ LIUS IGNACIO 2003 CLUB DEP. LEONES (L)
16463 PAOLONI DARIO RUBEN 1985 CLUB DEP. LEONES (L)
17552 SOSA GUSTAVO SEBASTIAN 1980 CLUB DEP. LEONES (L)
20966 AGUERO FRANCO 1999 CLUB LURO Y 30 DE JUNIO
20934 GOMEZ MAXIMILIANO 1997 CLUB LURO Y 30 DE JUNIO
20462 MARTINEZ BRAIAN 1997 CLUB LURO Y 30 DE JUNIO
20453 MERLO ARIEL ANTONIO 1986 CLUB LURO Y 30 DE JUNIO
20459 RISSO GABRIEL ALEJANDRO 1987 CLUB LURO Y 30 DE JUNIO
20980 VEGA JUAN PABLO 1999 CLUB LURO Y 30 DE JUNIO
14350 CASTELLANO JUAN MANUEL 1987 CLUB SAN MARTIN (M.J.)
14284 FERNANDEZ AGUSTIN 1998 CLUB SAN MARTIN (M.J.)
16770 FERNANDEZ MATIAS 1995 CLUB SAN MARTIN (M.J.)
17040 FERNANDEZ MAXIMILIANO GUSTAVO1998 CLUB SAN MARTIN (M.J.)
19886 GUDIÑÓ MARCELO 1998 CLUB SAN MARTIN (M.J.)
16806 PEREYRA BRIAN JOEL 1994 CLUB SAN MARTIN (M.J.)
15846 CEBALLOS JORGE DANIEL 1992 CLUB TIRO FEDERAL (MJ)
17106 KALACEVICH ESTEBAN 1998 CLUB TIRO FEDERAL (MJ)
16466 MARIN HORACIO 1982 CLUB TIRO FEDERAL (MJ)
15852 PIRIZ EMANUEL 1992 CLUB TIRO FEDERAL (MJ)
14337 SURBERA SANTIAGO ADRIAN 1987 CLUB TIRO FEDERAL (MJ)
10232 MERIGO FRANCO EDGARDO 1994 CTRO. DEPORTIVO ROCA (G.R.)
10513 MISTIERI LUCIANO 1996 CTRO. DEPORTIVO ROCA (G.R.)
10109 SILVA SHUNKO 1986 CTRO. DEPORTIVO ROCA (G.R.)
ÚNICA COMUNICACIÓN OFICIAL PARA CLUBES Y PARTES INTERESADAS

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