sábado, 7 de abril de 2012

LIGA BELLVILENSE DE FUTBOL - Resolución AT. LEONES – SARMIENTO

En la ciudad de Bell Ville, a 07 días del mes de abril de 2012, se reúne la Mesa Ejecutiva de la Liga Bellvillense de Fútbol y VISTA: la situación acaecida con motivo del clásico de la ciudad de Leones, entre los Clubes Atlético de Leones y Sarmiento. La participación del Club Sarmiento de Leones en el Torneo Argentino “B” de la A.F.A. y la falta de acuerdo entre los clubes en la reunión del día jueves 05 del cte. mes y año. Lo dispuesto por el art. 68 del Reglamento del Torneo Argentino 2011 / 2012 Categoría “B”, capítulo XII, Organización de los partidos, que dispone: “La Liga respectiva, en aquellos casos en que su Club participante en el certamen se encontrase disputando torneo local paralelo, deberá adecuar el desarrollo de éste último (torneo local) de forma tal que evite a su representativo tener que disputar partidos con intervalo menor de 48 hs, salvo expresa conformidad del club participante...”. Y CONSIDERANDO: Que habida cuenta la falta de acuerdo en la reunión aludida entre los clubes participantes, hecho que motiva la urgente intervención de éste Organo de la Liga a los fines de definir el día de disputa del partido. Que si bien es cierto que el Club Sarmiento con anterioridad presentó nota donde hacía saber que los partidos de la Liga local los iba a jugar con posterioridad a los que jugara en el Torneo Argentino “B” (disputaba los partidos los días lunes). En el caso en concreto, de pretender mantenerse esta postura –jugar el día lunes- haría incurrir a La LIGA en una franca violación a lo dispuesto en la ultima parte del art. 68 (“…Si la Liga pretendiera transgredir esta disposición, el Club involucrado no deberá aceptarlo, denunciándolo inmediatamente al Consejo Federal”).
Eso desde lo legal y en un atraso de su programación de partidos a la Liga, en lo Deportivo. Que con motivo de la reprogramación de partidos efectuada por la A.F.A. del Torneo Argentino “B”, dado que es la última fecha de la fase regular, donde necesariamente han dispuesto que todos esos partidos se jueguen el día martes diez (10) del cte. mes, lo que configura una causal de fuerza mayor y/o excepcional, por ello tampoco puede ordenarse que el partido se juegue el día Lunes. Que no obstante la incomunicación de dicha situación por parte del Club Sarmiento hacia la Liga en tiempo y forma, aquellas cuestiones reglamentarias (art. 68 transcripto) y excepcionalidad de la situación, de oficio SE RESUELVE: 1) Reprogramar al partido entre los clubes Atlético de Leones y Sarmiento, en las divisiones 4ta. y 1ra División para el día domingo ocho (8) de abril del año dos mil doce, en el estadio del Club Atlético de Leones, en el horario de las 14 hs y 16 hs respectivamente. 2) Recomendar al Club Sarmiento de Leones que con la debida antelación y para caso similares se dirija a esta Liga comunicando las cuestiones que hagan a su participación en los Torneos mencionados, todo en estricto cumplimiento del art.1 del reglamento General de Clubes afiliado a esta Liga.-
NOTIFIQUESE POR BOLETIN.-

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