A continuación detallamos las SANCIONES TRIBUNAL DE PENAS de la Liga Bellvillense de Fútbol, copia fiel del acta entregada por la Liga:
Liga Bellvillense de Fútbol
Asociación civil - AFILIADA A A.F.A
Asociación civil - AFILIADA A A.F.A
TRIBUNAL DE PENAS
"UNA INSTITUCION PUJANTE Y EN PLENO CRECIMIENTO"
SANCIONES TRIBUNAL DE PENAS Fallos dictados por el Tribunal de Penas de la Liga
ACTA 55 AÑO: 2012
Siendo las 20:00 Hs. se inicia la sesion con la presencia de: Dr. Eduardo Dolman,Sr Nelso Sampietro, Sr. Juan
Temporini, Dr. Jorge Caligaris, Dr. Angel Argüelles y el Dr. Edgar Bichsel.
Presidio la sesion Dr. Eduardo Dolman
Secretaría: Nelso Sampietro
SENIOR
Partido: CENTRAL (B.V.)-COMPLEJO DEP. (J.P.) - arb. DIAZ JOSE MANUEL
EXPTE 87/2012
Jug.: MACELLARI DANIEL HUMBERTO Carnet: 98139 Club: COMPLEJO DEP. (J.P.):SUSPENSIÓN PROVISORIA
Jug.: RUBIN CLAUDIO RAUL Carnet: 98335 Club: COMPLEJO DEP. (J.P.): 1 Partido/s ( Art.207 )
PRIMERA DIVISIÓN
Partido: UNION (M)-LURO Y 30 DE JUNIO - arb. MARZOLLI MIGUEL EDUARDO
Jug.: CORIA NICOLAS GUSTAVO Carnet: 11052 Club: LURO Y 30 DE JUNIO: 1 Partido/s ( Art.204 )
EXPTE 1/2012 Incumplimientos de pagos violación art. 77
1) Tener por acreditado en tiempo y forma la deuda que mantenían con esta Liga al 13/12/2012, los clubes: CENTRAL (BV), UNION (M), MATIENZO (MB), SPORTIVO UNION (GO) y LURO Y 30 DE JUNIO (C),
5) Atento NO HABER abonado la deuda que mantienen con esta Liga al 13/12/2012, quedan SUSPENDIDOS PROVISIONALMENTE los clubes:RIVER PLATE (BV), TALLERES (B), VILLA ARGENTINA (MJ), DEFENSORES
(SAL), FIRPO (SMS), SAN CARLOS (N) , SARMIENTO (L), SAN MARTIN (MJ), ARGENTINO (BV), ARGENTINO
(MJ), SAN MARTIN (MB), TALLERES (BV), RIVER PLATE (BV), DEFENSORES (SMS), AT, LEONES (L),
CTRO DEPORTIVO ROCA (GR), quedando inmediatamente habilitados al momento de sus pago, informando al
Consejo Directivo de la Liga a los fines pertinentes.
EXPEDIENTES INCUMPLIMIENTO DE PAGO
EXPEDIENTES
EXPTE 86/2012 Argentino (BV) vs Luro y 30 de Junio (C), 1ra división s/disturbios
Y VISTO ...El informe y ampliacion del árbitro y los jueces asistentes del encuentro disputado entre los clubes Argentino de Bell Ville y Luero y 30 de Junio de Cintra, que lucen incorporados a fs 1,2,3,17, en donde manifiestan que al finalizar el partido,
ingresa un simpatizante del club Luro y 30 de Junio de Cintra en son de festejo y luego de ello se produce la invasión de un grupo
de simpatizantes de la parcialidad del club Argentino de Bell Ville, haciendolo en forma violenta, siendo la terna retirada de
inmediato por la fuerza policial para salvarguardar su integridad física, no pudiendo observar nada mas. Que a fs. 19 se incorpora
el informe policial brinado por la Policia de la Provincia de Córdoba, Delegacion Leones. A fs. 21 corre incorporado video con las imágenes del encuentro. A fs. 10,11,12,13, luce el descargo Club Luro y 30 de Junio Cintra. A fs. 14 Boletin de este Cuerpo
Colegiado, solicitando al club Argentino de Bell Ville que realice su descargo de los hechos denunciados. A fs 22 luce la nota
presentada por el club Leones DAS y B. y por último, a y fs. 15 obra la planila de antecedentes del club Argentino Bell Ville;
Y CONSIDERANDO ...Que no se ha recibido por parte del club Argentino de Bell Ville, descargo que haga a su derecho a
defensa, con lo cual existe un reconocimiento tácito de lo informado por la terna arbitral. Que del informe policial, surge sin
margen de dudas que la parcialidad del club Argentino de Bell Ville ingresa al campo de juego, rompiendo el alambrado olímpico
con claras intenciones de agredir a la fuerza policial, hecho que efectivamente sucede, ya que siete de los mismos recibieron
contunciones de diversas consideraciones, más precisamente, tres de ellos padecieron de traumatismo de craneo. Dicho
informe policial queda claramente corroborado con las imágenes del video aportado por el Canal Dos de Bell Ville, a través de la
prueba informativa oportunamente solicitada por el Tribunal. La situación fáctica descripta, queda encuadrada en el art 80 en
todos sus incisos del RTP, más la accesoria de reincidencia art 48 punto "c" inciso 1 del mismo plexo normativo, ya que el club
Argentino de Bell Ville fue sancionado por el mismo art. 80 dentro de este año. En cuanto al ingreso del simpatizante del club Luro
de Cintra, es sólo uno que lo hace a los fines de festejar, aparentemente en el convencimiento de que el partido había finalizado, abrazando a un jugador con la bandera de su club. Que a solicitud del árbitro dicho simpatizante del Club Luro y 30 de Junio de Cintra se retira del campo de juego, al momento que se produce la invasión de los simpatizantes de Argentino de Bell Ville,
quedando ello encuadrado en lo precisto por el art. 83 in fine del RTP.
SE RESUELVE ...1) Sancionar al Club Argentino de Bell Ville con la pena de multa de valor entrada reales (v.e. de entrada al
público) de tres fechas de ciento veinte entradas cada una, haciendo un total de trescientos sesenta entradas, por violación a los art. 80 inc. a,b,c,d,e,f,g,, con mas la accesoria prevista por el art. 48 inc. c. (20% de la pena mayor aplicada), es decir la cantidad de 72 entradas, todo lo cual hace un total de cuatrocientas treinta y dos entrada reales, art. 32/ 33 del R.T.P.
2) Amonestar al Club Luro y 30 de Junio de Cintra por violación al art. 83 in fine del R.T.P.
EXPTE 87/2012 MACELLARI DANIEL HUMBERTO p.s.a agresión
Suspender provisionalmente al jugador Macellari Daniel Humberto, carnet 98139 del club Complejo Deportivo de Justiniano Posse, quedando citado para la primera sesion ordinaria de este Tribunal del año 2013, citándolo bajo apercibimiento de rebeldía,
art.227 del RTP.
OBSERVACIONES
ESTE TRIBUNAL ENTRA EN RECESO HASTA EL MARTES ANTERIOR AL INICIO DEL TORNEO DE
APERTURA DEL 2013 O PRIMER MARTES POSTERIOR A LA ASAMBELA ORDINARIA DE LA LIGA, LO QUE SUCEDA PRIMERO, QUEDANDO DOS MIEMBROS A DISPOCISIÓN PARA TEMAS DE GRAVEDAD. SANCIONES TRIBUNAL DE PENAS
ÚNICA COMUNICACIÓN OFICIAL PARA CLUBES Y PARTES INTERESADAS
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