miércoles, 22 de mayo de 2019

SANCIONES TRIBUNAL DE PENAS Fallos dictados por el Tribunal de Penas de la Liga  Bellvillense de Fútbol -  21 -05-2019

A continuación detallamos las SANCIONES TRIBUNAL DEPENAS de la Liga Bellvillense de Fútbol, copia fiel del acta entregada por la Liga:    

 Liga Bellvillense de Fútbol
Asociación civil - AFILIADA A A.F.A
TRIBUNAL DE PENAS
"UNA INSTITUCIÓN PUJANTE Y EN PLENO CRECIMIENTO


Siendo las 21:00 Hs. se inicia la sesion con la presencia de:Dr. Eduardo Dolman,Sr. Nelso Sampietro, Sr.
Jorge Colmano,Sr Ernesto López,Dr. Mariano Favero.
Presidio la sesion Dr. Eduardo Dolman
Secretaría: Sr. Nelso Sampietro


PRIMERA DIVISIÓN
Partido: CLUB A. SPORTIVO UNION (O)-CTRO. DEPORTIVO ROCA (G.R.) - arb. SOSA ABRILE LEANDRO
AY: CORDONE MAXIMILIANO ALBERTO Carnet: 01544 Club: CLUB A. SPORTIVO UNION (O): 2 Partido/s ( Art.186 /260 )
Partido: CLUB ATLETICO SAN CARLOS (N) CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.) - arb. OYOLA FABIAN
Jug.: AGUILAR EMMANUEL IGNACIO Carnet: 23138 Club: CLUB ATLETICO SAN CARLOS (N): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1 )
Jug.: GAIDO DENIS MICAEL Carnet: 11670 Club: CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.): 1 Partido/s ( Art.204 )
Jug.: SAGRETTI SEBASTIAN ANDRES Carnet: 07707 Club: CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: CLUB DEF. DE JUVENTUD (J.P.) CLUB A. ARGENTINO (M.J.) - arb. CINTIONI ALEXIS
Jug.: MELENDRES ARIEL ENRIQUE Carnet: 11785 Club: CLUB DEF. DE JUVENTUD (J.P.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"3 )
Partido: CLUB DEFENSORES (S.A.L.) CLUB A. UNION (M) - arb. AGUERO MAXIMILIANO
Jug.: CABANAY AARON GASTÓN Carnet: 22304 Club: CLUB DEFENSORES (S.A.L.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: CLUB DEFENSORES (S.A.L.)-CLUB A. UNION (M) - arb. AGUERO MAXIMILIANO
DT: TOMASA GUSTAVO Carnet: 01397 Club: CLUB DEFENSORES (S.A.L.): 3 Partido/s ( Art.186 ( Redimible por Multa valor de 69
entradas )/260 )
Partido: CLUB DEP. LEONES (L) CLUB A. MATIENZO (M.B.) - arb. GARRO LUCIANO
Jug.: MARCHETTO FABIAN PEDRO Carnet: 16338 Club: CLUB DEP. LEONES (L): 3 Partido/s ( Art.200 "a"3 )
Partido: CLUB FIRPO (S.M.S.) CLUB LURO Y 30 DE JUNIO - arb. LUDUEÑA GONZALO
Jug.: CORDOBA AXEL WILLIAN Carnet: 15235 Club: CLUB FIRPO (S.M.S.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: MURUA JAVIER EDGAR Carnet: 09671 Club: CLUB FIRPO (S.M.S.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: BRE GABRIEL OMAR Carnet: 20986 Club: CLUB LURO Y 30 DE JUNIO: 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: MACHADO PABLO DE LAS MERCEDE Carnet: 08847 Club: CLUB LURO Y 30 DE JUNIO: 2 Partido/s ( Art.201 "b"4 )
Partido: CLUB SAN MARTIN (M.J.) CLUB DEFENSORES (S.M.S.) - arb. CHIARAVIGLIO BRIAN
Jug.: RODRIGUEZ YONATAN Carnet: 16731 Club: CLUB DEFENSORES (S.M.S.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: RODRIGUEZ LUCAS MAXIMILIANO Carnet: 16407 Club: CLUB SAN MARTIN (M.J.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"11 )
Partido: CLUB SAN MARTIN (M.J.)-CLUB DEFENSORES (S.M.S.) - arb.
AY: BARRERA CLAUDIO Carnet: 01379 Club: CLUB DEFENSORES (S.M.S.): 4 Partido/s ( Art.185 ( Redimible con multa valor 84
entradas )/260 )

CUARTA DIVISIÓN
 Partido: CLUB A. Y B. BELL (B.V.) CLUB A. SARMIENTO (L) - arb. ACEVEDO JUAN
Jug.: FERNANDEZ RAMIRO RUBEN Carnet: 12615 Club: CLUB A. SARMIENTO (L): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: CLUB DEP. LEONES (L) CLUB A. MATIENZO (M.B.) - arb. BRACAMONTE Jug.: PEDRAZA OVIEDO JESUS GABRIEL Carnet: 08382 Club: CLUB A. MATIENZO (M.B.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: BECCHIO MATIAS Carnet: 06195 Club: CLUB DEP. LEONES (L): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: CLUB SAN MARTIN (M.J.) CLUB DEFENSORES (S.M.S.) - arb. TORRES JUAN MANUEL
Jug.: QUINTEROS TOMAS Carnet: 12638 Club: CLUB DEFENSORES (S.M.S.): 1 Partido/s ( Art.204 )

FUTBOL INFANTIL
Partido: CLUB A. ARGENTINO (B.V.) CLUB A. TALLERES (B) - arb. SALVATORI PABLO - cat. Quinta
Jug.: MONJE LISANDRO NICOLAS Carnet: 13518 Club: CLUB A. ARGENTINO (B.V.): 1 Partido/s ( Art.207 )
Jug.: DANIELE BRUSA LAUTARO JOAQUIN Carnet: 21099 Club: CLUB A. TALLERES (B): 1 Partido/s ( Art.207 )
Partido: CLUB A. ARGENTINO (B.V.)-CLUB A. TALLERES (B) - arb. - cat. Quinta
DT: ARBARELLO JAVIER ALEJANDRO Carnet: 00332 Club: CLUB A. TALLERES (B): 2 Partido/s ( Art.186 ( Redimible por Multa valor entradas )/260 )
Partido: CLUB A. TALLERES (B.V.) CLUB FIRPO (S.M.S.) - arb. ROJAS DANIEL - cat. Quinta
Jug.: GIGENA FACUNDO NICOLAS Carnet: 07290 Club: CLUB A. TALLERES (B.V.): 1 Partido/s ( Art.186 )
Partido: CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.) CLUB DEP. LEONES (L) - arb. LUNA DANIEL - cat. Quinta
Jug.: MARTINEZ NATANAEL Carnet: 09966 Club: CLUB A. VILLA ARGENTINA (M.J.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"3 )
Jug.: CANAVESIO EUGENIO MATEO Carnet: 06432 Club: CLUB DEP. LEONES (L): 2 Partido/s ( Art.201 "a" )
Partido: CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.) CLUB DEF. DE JUVENTUD (J.P.) - arb. CALDERON FRANCO - cat. Quinta
Jug.: FUELICO JUAN CRUZ Carnet: 07942 Club: CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.): 4 Partido/s ( Art.185 )
Jug.: PERALTA MARTIN Carnet: 08018 Club: CLUB COMPLEJO DEP. (J.P.): 1 Partido/s ( Art.186 )
Jug.: PRANZONI FILIPPO Carnet: 19476 Club: CLUB DEF. DE JUVENTUD (J.P.): 2 Partido/s ( Art.186 )
Partido: CTRO. DEPORTIVO ROCA (G.R.) CLUB A. ARGENTINO (M.J.) - arb. REYES CRISTIAN - cat. Séptima
Jug.: ROS ARTAYETA GERONIMO Carnet: 21401 Club: CLUB A. ARGENTINO (M.J.): 1 Partido/s ( Art.201 /154 )

SENIOR
Partido: CLUB DEFENSORES (S.M.S.) CLUB A. SPORTIVO UNION (O) - arb. RAMOS WALTER
Jug.: SERRI GONZALO MIGUEL Carnet: 04160 Club: CLUB DEFENSORES (S.M.S.): 1 Partido/s ( Art.207 )

EXPTE 21/2019 ZAMBRUNO BERNARDO PABLO y otros p.s.a agresión
Y VISTO ...Que a fs. 1,2,3 y 4 se encuentran acompañadas los informes del árbitro y jueces asistentes, junto a la planilla de
resultado de partido.- De los mismos surgen, que el árbitro del encuentro denuncia la expulsión a los 90 minutos de un jugador de
San Antonio de LitÍn (ZAMBRUNO) e INFORMA a jugadores luego de la finalización del partido (VIGIL, RODRIGUEZ, MOURE y
MERLO); a fs. 6 obra informe policial y ratificado a fs.20; a fs. 7 (MOURE), Fs.8 (RODRIGUEZ), fs.9 (VIGIL), Fs.10 (MERLO) y
fs.11 (ZAMBRUNO) prestan por ante el Tribunal declaración; a fs. 13 comparece el Sr Arbitro GOMEZ FABIAN, quien aclara y
rectifica el INFORME destacando que la situación real es que las agresiones se produjeron luego de la expulsión del jugador
Zambruno, que tomo la decisión de no expulsarlo por temor a un conflicto aún mayor. En referencia a las acciones de los
jugadores, destaca: el jugador VIGIL Gonzalo, nro. 1 (arquero) en el tumulto lo empuja, lo amenaza y lo agrede físicamente con
una patada en los tobillos; el jugador MOURE Alexis nro. 6, le pone el pecho, le insulta, le amenaza, que es el capitán; que
continua el partido por unos minutos y cuando termina, se acercan los jugadores RODRIGUEZ Facundo (nro. 5) le reclama y le
insulta y el nro. 9 MERLO JORGE le insulta y le manifiesta que lo había cagado de vuelta, arrojándome una patada que no llega a
destino; a fs.14 comparece el árbitro asistente Bertello Néstor, quien expresa que al finalizar el encuentro se produce un tumulto,
destacando que el arquero insultaba y amenazaba que lo iba a cagar a puñetes, el nro. 5 y nro. 6 también insultaban, empujaban
y amenazaban y el nro. 9 era el que estaba sacado, observo que arroja una patada pero no observo que impacte a persona
alguna; a fs. 21 existe certificado de la desgravación de video de partido.- Y CONSIDERANDO ...De las pruebas aportadas en
autos, con la testimonial del Árbitro Sr GOMEZ Javier obrante a fs. 13 y el informe existente a fs.1, se puede determinar si duda
alguna, que existe un INFORME parcialmente falso, ya que denuncia ciertos hechos que se habrían producido al finalizar el
partido, cuando en realidad ocurrieron luego de la finalización del tumulto, cuando se produce la expulsión de jugador Zambruno.
En primer lugar, se debería declarar parcialmente nulo el informe, salvo que se pueda reconstruir los hechos con los testimonios,
prueba informativa e imágenes de video.- No debemos dejar de resaltar la falta de autoridad del árbitro de 1ra División Sr
GOMEZ, quien no solo falsea el informe o sea que falsea parcialmente la realidad de los hechos, justificándose que lo hizo por
temor, situación que es preocupante, debiéndose encuadrar su proceder en lo previsto por el art. 270 inciso “g” RTP, siendo
extensible la responsabilidad a los jueces asistentes, quienes a fs.2 y fs.3 ratifican el informe del árbitro principal, pero analizando
su accionar, de acuerdo a lo previsto por el art. 270, inc “d” RTP.- No obstante a esta situación irregular de los informes de los
árbitros, los hechos denunciados han sido parcialmente probados, no solo con el informe policial (tumultos), sino que las acciones
de algunos jugadores se acreditan por las imágenes del video.- Así las cosas, la situación de jugador nro. 5 RODRIGUEZ
FACUNDO, se acreditó que no participo en los tumultos existentes, ratificándose su habilitación realizada por acta nro. 17; el
accionar de los jugadores nro. 6 (MOURE ALEXIS) y nro. 9 (JORGE MERLO) ha quedado acreditado que han participado de los
tumultos, que su acciones en sus reclamos han sido desmedidos, no pudiendo probarse los insultos, amenazas y agresiones
denunciadas, ya que el informe y ampliación de los árbitros es de dudosa credibilidad Art 39, no solo por falsear parcialmente la
realidad (hechos sucedidos), sino por denunciarlos en situaciones totalmente distinta a la real, probada por las imágenes del video
e informe policial.- Estas acciones la debemos encuadrar en lo previsto por el art.186 RTP, debiendo ser suspendido a los
jugadores mencionados con DOS (2) fechas de suspensión.- La situación del jugador nro. 1, arquero, Sr VIGIL ha sido acreditado
su accionar (manosearlo o tironearlo, poner el pecho, discuta en tono violento) por las imágenes del video, y corroborada por los
dichos de árbitro y juez asistente Sr Nestor Bertello, debiendo encuadrarse el accionar de este jugador en lo previsto por el art.
185 RTP, debiendo sancionárselo con la pena mínima estipulada, que es la de CUATRO (4) partidos; la situación de jugador
expulsado ZAMBRUNO Bernardo, que si bien se probó con las imágenes del video la agresión física en contra de árbitro y las
protestas encuadrándose su accionar en lo prescripto por l art. 184 (último párrafo) RTP, debiendo aplicársele la pena mínima de
diez (10) partidos.- Ahora bien, debe analizarse cuál es la sanción del árbitro principal Sr GOMEZ Javier, que de su propia
confesión y de la prueba testimonial e informe policial, quedó acreditado que las acciones de mayor reclamo fueron ocurridas
luego de la expulsión de jugador nro. 4.- Falsear el informe y NO expulsando de campo de juego a jugador que merezca
reglamentariamente esa pena, su accionar ha quedado encuadrado en lo previsto por el art. 270 inciso “g”, que prescribe que el
árbitro que cometa alguna de las acciones detalladas, debe ser sancionado con la pena de siete (7) días a diez (10) meses. Si
bien se solicitó el informe de los antecedentes, aunque no se recibió contestación alguna, el Tribunal considera que el accionar
del Sr Arbitro es reprochable, ya que no solo tenía la seguridad (policía) dentro y fuera del campo de juego, dentro de las
instalaciones del estadio, sino que su error, le otorgó una ventaja deportiva al equipo rival.- La pena que debe ser aplicada al Sr Arbitro es de CUARENTA Y CINCO (45) días, debiendo ser notificada dicha sanción al Colegio de Árbitros a la cual corresponde,a la Federación Cordobesa de Futbol y al Concejo Federal de Futbol para que se tome conocimiento de la sanción.- Los árbitros
asistentes, al convalidar con sus informes el error del árbitro del encuentro, deben ser sancionados, pero con menor pena.- El Sr. Arbitro Omar Españón, quien no comparecido ni acredito su inasistencia, debe ser sancionado con la pena de TREINTA (30) días
por informe parcialmente falso y el Sr arbitro asistente Néstor Bertello con la pena de QUINCE (15) días, por violación de art. 270
inc.”d” RTP.- SE RESUELVE ...1) Sancionar al jugador ZAMBRUNO Bernardo carnet Nro 8761 del Club Defensores (SAL) con la pena de DIEZ (10) partidos por violación al art 184, 32 33 del RTP.
2) Sancionar al jugador VIGIL Gonzalo carnet Nro 8776 del Club Defensores (SAL) con la pena de CUATRO (4) partidos por violación al art 185, 32 33 del RTP.
3) Sancionar al jugador MOURE Alexis carnet Nro 5149 del Club Defensores (SAL) con la pena de DOS (2) partidos por violación al art 186, 39, 32 33 del RTP.
4) Sancionar al jugador MERLO Jorge carnet Nro 23167 del Club Defensores (SAL) con la pena de DOS (2) partidos por violación al art 186, 39, 32 33 del RTP.
5) Sancionar al Sr Arbitro GOMEZ Javier con la pena de CUARENTA Y CINCO (45) dias por violación al art 270 inciso "g", 32 33
del RTP.
6) Sancionar al Sr juez Asistente ESPAÑON Omar con la pena de TREINTA (30) dias por violación al art 270 inciso "d", 32 33 del
RTP.
7) Sancionar al Sr juez Asistente BERTELLO Nestor con la pena de QUINCE (15) dias por violación al art 270 inciso "d", 32 33
del RTP.
8) Notifiquese las sanciones impuestas al Colegio de Árbitros corresponde, a la Federación Cordobesa de Futbol y al Concejo
Federal de Futbol.
9) Notifiquese, publiquese y archivese Art 41 RTP.


ÚNICA COMUNICACIÓN OFICIAL PARA CLUBES Y PARTES INTERESADAS

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