martes, 3 de julio de 2018

SANCIONES TRIBUNAL DE PENAS Fallos dictados por el Tribunal de Penas de la Liga  Bellvillense de Fútbol - 03-07-2018

A continuación detallamos las SANCIONES TRIBUNAL DEPENAS de la Liga Bellvillense de Fútbol, copia fiel del acta entregada por la Liga:    

 Liga Bellvillense de Fútbol
Asociación civil - AFILIADA A A.F.A
TRIBUNAL DE PENAS
"UNA INSTITUCIÓN PUJANTE Y EN PLENO CRECIMIENTO

ACTA 20 AÑO: 2018 LIGA BELLVILLENSE DE FÚTBOL Asociación civil - AFILIADA A A.F.A Siendo las 21:00 Hs. se inicia la sesion con la presencia de:Dr. Eduardo Dolman,Sr. Nelso Sampietro, y Dr Alejandro Actis. Presidio la sesion Dr. Eduardo Dolman Secretaría: Sr. Nelso Sampietro 
PRIMERA DIVISIÓN Partido: MATIENZO (M.B.)-SARMIENTO (L) - arb. ROMERA MARCOS ARIEL Jug.: CRIVELLINI JOAQUIN Carnet: 05337 Club: MATIENZO (M.B.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1 ) Partido: SPORTIVO UNION (O)-UNION (M) - arb. CEJAS FEDERICO Jug.: BAJAMICH LUCAS Carnet: 11643 Club: UNION (M): 1 Partido/s ( Art.207 ) 
CUARTA DIVISIÓN Partido: SAN CARLOS (N)-COMPLEJO DEP. (J.P.) - arb. QUEVEDO NICOLAS Jug.: ROSALES LUCAS Carnet: 07804 Club: COMPLEJO DEP. (J.P.): 1 Partido/s ( Art.186 ) Partido: VILLA ARGENTINA (M.J.)-DEPORTIVO ROCA (G.R.) - arb. CALDERON FRANCO Jug.: PICLU MATIAS ROBERTO Carnet: 10393 Club: DEPORTIVO ROCA (G.R.): 1 Partido/s ( Art.207 ) Jug.: MERCADO EDUARDO G Carnet: 14812 Club: VILLA ARGENTINA (M.J.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"3 )

EXPTE 1/2018 Incumplimientos de pagos violación art. 77 VISTO y CONSIDERANDO: La Nota enviada por la Tesorería de la Liga comunicando que los clubes: ARGENTINO (BV),DEFENSORES DE JUVENTUD (JP),HAN ABONADO la deuda que mantenían con esta Liga al 12/06/2016,; y los clubes . TALLERES (BV) , TIRO FEDERAL (MJ) y NO HAN ABONADO la deuda que mantienen con esta Liga al 12/06/2016 SE RESUELVE : Tener por acreditado el pago de la deuda que mantenían con esta Liga al 12/06/2018 a los clubes: ARGENTINO (BV),DEFENSORES DE JUVENTUD (JP) II) Por no HABER ABONADO la deuda que mantienen con esta Liga al 12/06/2016 Continúan con SUSPENSIÓN PROVISIONAL, los clubes :,TALLERES (BV),TIRO FEDERAL (MJ) debiendo disputar los encuentros programados con el consecuente descuento de TRES (3) puntos por cada fecha comprendida en el término de la suspensiójn y demás previsiones de conformidad al art 188 del RTyP, dejando aclarado el inmediato levantamiento de la misma al momento del efectivo pago, que se verificará con el RECIBO OFICIAL que otorga la Tesorería de la Liga, siendo esta única comunicación, elevense las actuaciones al consejo directivo de la Liga a los fines pertinentes. 

EXPTE 21/2018 FLORES SERRA ALEJANDRO MARCELO CAYETANO p.s.a Intento de agresión Y VISTO ...Surge del informe del arbitro, obrante a fs. 1 que el acusado Sr. FLORES SERRA, Alejandro del Club SARMIENTO lo habria agredido fisicamente aplicandole una sancadilla, desde atras, con intencion de increparme, empujandola.- A fs. 2/ se encuentran los informes de los jueces de linea, del cual de la simple lectura, dice que JUNCAL David, manifiesta que habria arrojado un puntapie hacia el arbitro y el otro juez asistente, manifiesta identicamente el mismo informe que el otro juez.- A fs.6 se encuentra incorporada la declaracion del acusado FLORES SERRA, quien niega la agresion fisica de lo que se le acusa, reconociendo que se encontraba en el tumulto, destacando que en ningun momento tiene contacxto con la jueza de linea. Que ofrece como prueba las imagenes de los hechos que se investigan.- A fs. 7 se encuentra el video incorporado como prueba, del cual no surge de las "imagenes" la agresion denunciada, pero se puede verificar que el acusado participo del tumulto.- Y CONSIDERANDO ...Si bien la acusacion del arbitro del encuentro en contra del jugador es de intencion de increparme y empujarla, de las pruebas obrantes en autos, surge que existe dudas sobre la realidad de los hechos, atento a que si bien surge de las imagenes que FLORES SERRA participo del tumulto, no existe la certeza de que efectivamente la empujo. En mas, de la lectura de los testimonios de los jueces asistentes, ambos coinciden que abria el jugador arrojado un puntapie, pero no informan que el mismo haya llegado a destino.- Es por ello, que la conducta del jugador se debe encuadrar en lo dispuesto por el art.185 del RTP, que dice textualmente: suspension de cuatro (4) a quince (15) partidos al jugador que le infiere cualquier otro agravio de los enumerados (insulte, etc). De los antecedentes del jugador, surge que no existen sanciones graves en su contra (art 35 RTP) y la duda Art.39 RTP, debe ser sancionado con la pena de cuatro (4) partidos.-SE RESUELVE ...Sancionar al jugador Alejandro FLORES SERRA carnet12619 del Club SARMIENTO de LEONES con la pena de cuatro (4) partidos por violacion al art. 185, 35, 39, 33, y 32 RTP.- EXPTE 22/2018 Club Sarmiento S/ Violación art. 90 RTP Autos para dictar resolución EXPTE 23/2018 GUARDIA JOAQUIN LORENZO p.s.a AGRESIÓN Oficiar al canal TCR televisión de la localidad de Cintra para que remita las imagenes de la disputa del partido de cuarta división disputado el día 24/06/2018 entre las cuartas divisiones de los clubes Defensores de San Antonio de Litin vs River Plate de Bell Ville, en el estadio del club Unión de Morrison, EXPTE 24/2018 ZARDO Oscar (delegado San Carlos Noetinger), p.s.a agresión verbal Y VISTO ... Y CONSIDERANDO ...SE RESUELVE ...Enviar estas actuaciones, al Consejop Directivo de La Liga, para su resolución, de acuerdo a los normado en el art. 6 del RTyP 

ÚNICA COMUNICACIÓN OFICIAL PARA CLUBES Y PARTES INTERESADAS

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