A continuación detallamos las SANCIONES TRIBUNAL DEPENAS de la Liga Bellvillense de Fútbol, copia fiel del acta entregada por la Liga:
Liga Bellvillense de Fútbol
Asociación civil - AFILIADA A A.F.A
Asociación civil - AFILIADA A A.F.A
TRIBUNAL DE PENAS
"UNA INSTITUCION PUJANTE Y EN PLENO CRECIMIENTO
PRIMERA DIVISIÓN Partido: BELL (B.V.)-DEP. LEONES (L) - arb. CAVALLER MARTIN Jug.: GUERRERO CARLOS RAUL Carnet: 18661 Club: BELL (B.V.): 2 Partido/s ( Art.201 "b"4 ) Jug.: COLOMBERO JAOQUIN Carnet: 12852 Club: DEP. LEONES (L): 1 Partido/s ( Art.207 ) Partido: SAN CARLOS (N)-COMPLEJO DEP. (J.P.) - arb. TABLADA LUCAS PF: BAGGINI MATIAS Carnet: 01146 Club: COMPLEJO DEP. (J.P.): 1 Partido/s ( Art.186 /260 ) Jug.: DIAZ PATRICIO Carnet: 09463 Club: COMPLEJO DEP. (J.P.): 1 Partido/s ( Art.186 ) Partido: FIRPO (S.M.S.)-RIVER PLATE (B.V.) - arb. PERALTA JUAN Jug.: AZCHERITO FRANCO ENZO Carnet: 13096 Club: RIVER PLATE (B.V.):SUSPENSIÓN PROVISORIA EXPTE 48/2016 Jug.: PONZANO MARCOS GABRIEL Carnet: 13885 Club: RIVER PLATE (B.V.): 1 Partido/s ( Art.207 ) Partido: SAN MARTIN (M.J.)-UNION (M) - arb. MATURANO ALEXANDER Jug.: TERES FRANCISCO JESUS Carnet: 17089 Club: SAN MARTIN (M.J.): 1 Partido/s ( Art.207 ) Jug.: BONINO HERNAN FEDERICO Carnet: 10871 Club: UNION (M): 1 Partido/s ( Art.207 ) Jug.: DEALESANDRO ESTEBAN Carnet: 11095 Club: UNION (M): 1 Partido/s ( Art.207 )
CUARTA DIVISIÓN Partido: BELL (B.V.)-DEP. LEONES (L) - arb. CHAMPRETT JORGE DIEGO Jug.: COLOMBA SANTIAGO ADRIAN Carnet: 06166 Club: DEP. LEONES (L): 1 Partido/s ( Art.207 ) Partido: DEPORTIVO ROCA (G.R.)-VILLA ARGENTINA (M.J.) - arb. DELGADO CESAR Jug.: FERREYRA MARTIN Carnet: 16003 Club: VILLA ARGENTINA (M.J.): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1 ) Partido: MATIENZO (M.B.)-TALLERES (B) - arb. BRACAMONTE ERIC Jug.: NOCELLI JUAN JOSE Carnet: 20705 Club: TALLERES (B): 1 Partido/s ( Art.207 ) Partido: SAN CARLOS (N)-COMPLEJO DEP. (J.P.) - arb. RIVERA JUAN Jug.: D' ANGELO PEDRO Carnet: 07749 Club: COMPLEJO DEP. (J.P.): 2 Partido/s ( Art.201 "b"4 ) Partido: SAN MARTIN (M.B.)-SAN CARLOS (N) - arb. OITANA WALTER Jug.: BARBERO MIQUEAS Carnet: 17219 Club: SAN CARLOS (N): 4 Partido/s ( Art.185 ) PF: AIRALDI JUAN MANUEL Carnet: 01407 Club: SAN MARTIN (M.B.): 6 Partido/s ( Art.185-192 ( Retirado por la fuerza pública )/260 ) Partido: FIRPO (S.M.S.)-RIVER PLATE (B.V.) - arb. BRACAMONTE ERIC EXPTE 49/2016 Jug.: ALMENARA SANTIAGO CRUZ Carnet: 14151 Club: RIVER PLATE (B.V.):SUSPENSIÓN PROVISORIA Partido: SAN MARTIN (M.J.)-UNION (M) - arb. LAZO JOSE SEBASTIAN Jug.: QUINTEROS DARIO JOEL Carnet: 11017 Club: UNION (M): 3 Partido/s ( Art.200 "a"1-210 ) Partido: SPORTIVO UNION (O)-ARGENTINO (B.V.) - arb. RESER PABLO DT: CARRANZA LUIS HORACIO Carnet: 00740 Club: SPORTIVO UNION (O): 1 Partido/s ( Art.186 /260 ) Jug.: MONTENEGRO MATIAS ALEJANDRO Carnet: 11756 Club: SPORTIVO UNION (O): 1 Partido/s ( Art.207 ) Partido: TALLERES (B.V.)-Tiro Federal (MJ) - arb. CALDERON FRANCO Jug.: TRAVERSA AGUSTIN TOMAS Carnet: 18153 Club: TALLERES (B.V.): 1 Partido/s ( Art.207 ) AY: D' ANNA EDUARDO ANTONIO Carnet: 00119 Club: Tiro Federal (MJ): 1 Partido/s ( Art.186 /260 )
FUTBOL INFANTIL Partido: SARMIENTO (L)-VILLA ARGENTINA (M.J.) - arb. BRACAMONTE ERIC - cat. Octava DT: RODRIGUEZ OSVALDO ANDRES Carnet: 01311 Club: VILLA ARGENTINA (M.J.): 1 Partido/s ( Art.186 /260 ) Partido: SARMIENTO (L)-VILLA ARGENTINA (M.J.) - arb. ESPAÑON DARIO - cat. Quinta Jug.: CARVALLO ALVARO MARTIN Carnet: 16196 Club: VILLA ARGENTINA (M.J.): 1 Partido/s ( Art.204 /154 ) Partido: ARGENTINO (B.V.)-MATIENZO (M.B.) - arb. OITANA WALTER - cat. Sexta Jug.: MONGE MAXIMILIANO ADRIAN Carnet: 13519 Club: ARGENTINO (B.V.): 1 Partido/s ( Art.207 /154 ) Jug.: PALLERO RODRIGO JESUS Carnet: 05659 Club: MATIENZO (M.B.): 1 Partido/s ( Art.201 /154 ) Partido: BELL (B.V.)-Tiro Federal (MJ) - arb. BEGIL PABLO - cat. Sexta Jug.: GRELLA SANTIAGO Carnet: 07243 Club: BELL (B.V.): 1 Partido/s ( Art.207 /154 ) Partido: MATIENZO (M.B.)-ARGENTINO (B.V.) - arb. ACEVEDO JUAN - cat. Séptima Jug.: GONZALEZ ULLA LUCAS JOEL Carnet: 09857 Club: ARGENTINO (B.V.): 1 Partido/s ( Art.201 /154 ) EXPTE 50/2016 Jug.: ACUÑA ELIAS ISMAEL Carnet: 05685 Club: MATIENZO (M.B.):SUSPENSIÓN PROVISORIA
EXPTE 1/2016 Incumplimientos de pagos violación art. 77 I) El club VILLA ARGENTINA (MJ), No Ha abonado la deuda que mantiene con esta Liga por lo que continua con la SUSPENSIÓN PROVISORIA que se aplica AUTOMÁTICAMENTE transcurridos los cinco días de la intimación de pago, debiendo disputar los encuentros programados con el consecuente, descuento de TRES (3) puntos por cada fecha comprendida en el término de la suspensión y demás previsiones de conformidad al art. 118 del RTyP, dejando aclarado el inmediato levantamiento de la misma al momento del efectivo pago, que se verificará con el RECIBO OFICIAL que otorga la tesorería de la Liga. Elévese al Consejo Directivo de la Liga a los fines pertinentes. EXPEDIENTES INCUMPLIMIENTO DE PAGO EXPEDIENTES EXPTE 42/2016 GOMES ALEXIS ARIEL y otros p.s.a agresión y suspensión partido Y VISTO ...El informe del sr árbitro Ovaldo Naimayer, quien dirigió el encutro de 5ta división disputado entre los equipos de Argentino de Marcos Juatez y Atlético Leones de Leones, el día 10/09/2016,en el estadio del primero, en donde nos dice que a los 25 minutos del segundo tiempó y cuando expulsa al jugador N° 9 del club Lerones, se produce un tumulto dentro del campo de juego, en donde observa a los jugadores Martinez Branco, Nuñez Rodrigo y Quinteros Tomás que agreden con polpes de puños a jugadores del club Argentino de Marcos Juarez, aclara que el sr. Quinteros Tomás tenia la casaca N° 1 y se desempeñaba como arquero y que corrio desde su propoia area hasta la otra para agredir, dice además que los cuerpos técnicos de ambos equipos colaboraron en separar y sacar a sus jugadores del tumulto y que pudo observar fuera del campo de juego corridas y agresiones entres padres sin poder determinar a que institucion correspondían ya que se encontraban todos en una sola tribuna, y que a raiz de esto y para preservar la integridad de los jugadores decide SUSPENDER el encuentro, retirándose hacio los vestuarios, desde donde no puede observar ningún otro hecho, sólo se hace eco de lo que le relataban los delegados quiene le contaban que fuera se destaba una batalla campal.A continuación se incorpora el informe delñ sr árbitro asistente sr, Agustín -Cabral quien certifica lo relatado por el sr. árbitro, Se le corre vista a ambos clubes quienes contestan en tiempo y forma. El club Leones de Leones, basa su descargo desacreditando los dichos del sr árbitro, poniendo en duda la veracidad del mismo y haciendo alusión a hechos pasados del año 2012, de problemas que tuvieron con el mismo árbitro, Luego se incorpora la contestación a la vista por parte del club Argentino de Marcos Juarez, quienes coniciden con el árbitro sobres las agresiones Y CONSIDERANDO ...En primer lugar, de la prueba obrante en autos, se acredito que las acciones realizadas por los jugadores de Atletico Leones "agresiones fisicas" en contra de los jugadores de Argentino de Marcos Juarez fueron graves y ha sido correcta la suspension del partido. Los hechos han nacido con la accion antideportiva del jugador Nro 9 Sr. Alexis GOMEZ, situacion que debe ser tenido como la causal para iniciar el tumulto y el agravante de ser el inicador del mismo, es por ello, que su accionar debe ser encuadrados en el art.200 inc.a punto "10", con el agravante de lo prescripto art.207 inc h, debiendo ser sancionado con la cantidad de sesis (6) partidos; las acciones de los jugadores Brandon Martinez nro 7 y Rodriguez Nuñez nro 8 deben ser encuadradas en el art. 200 inc a "punto 1 y 3" (golpes de puños y patadas-agresion fisica), debiendo ser sancionado con la pena de tres (3) partidos; y el accionar del jugador nro 1 Tomas Quinteros, su accionar debe encuadrase en el art.200 inc.a punto 1y3, pero con el agravante de que recorrio casi 70 metros para participar del tumulto, ademas de las agresiones fisicas acreditas en contra de los jugadores del Club Argentino, debiendo ser sancionado con la pena de seis (6) partidos. Debemos destacar que como los hechos han sido provocados el dia 10/09/2016 antes de la modificacion del ANEXO del art.154 RTP (14/09/2016), debemos mantener lo prescripto por dicho articulo.- Si bien los arbitros informan que habrian existidos disturbios entre las hinchadas de las instituciones, dichos hechos no pudieron ser probados y por lo tanto corresponda hacer lugar a la duda de que los mismos existieron(art.39 RTP).- En referencia a la suspension del partido,como consecuencia de los hechos probados, dar por terminado el partido con el resultado de tres (3) goles a favor del Club Argentino de Marcos Juarez y un (1) gol para el Club Atletico Leones.- SE RESUELVE ...I) Sancionar a los jugador del club Atletico Leones: Brandon Martines 16161, y Rodrigo Nuñez, carnet 6314, con la pena de tres (3) partidos de suspensión , por violación al art. 200"a"1-3-32-33. II) Sancionar al jugadores Alexis Gomez, carnet 6298 , con la pena de seis partidos de suspensión, por violación a los art. 200"a"10 (arroja la pelota en forma deliberada a un adversario), 207 "h", (encabece tumulto ó protesta masivas), 32-33III) Sancionar al jugador Tomás Quinteros, carnet 12638, con la pena de seis (6) partidos de suspensión, por violacion art, 200 "a"1-3-32-33. IV) A las sanciones impuestea deberán deducirse las fecha cumplidas con suspensión provisorias. Se deja constancia que no se aplica el anexo de modificación del art 154 del RTP, en merito de que los hechos investigados ocurrieron antes del 14/09/2016, por lo tanto los jugadores Brandon Martines y Rodrigo Nuñez se encuentran habilitados por aplicación del art. 154 del RTyP V) Dar finalizado el partido con el resultado que se registraba al momento de la suspensión: tres golers a favor de Argentino de Marcos Juarez y de un (1) gol para el club Leones de LeonesEXPEDIENTES EXPTE 45/2016 Club Defensores de Juventud (JP), s/disturbios Y VISTO ...El informe del sr árbitro Peralta Rubén, quen dirigió el encuentro de primera división disputado el día 21/09/2016, entre los equipos de Defensores de Juventud de Justiniano Posse y Talleres de Bell ville, quien nos dice que 43 minutos desde la parcialidad dsel club local le arrojan un hierro al juez asistente. Se incorpora el descargo realizado en tiempo y forma por el club Defensores de Juventud, que manifiesta que el mismo fue arrojado por personales que concurrena a la cancha y que por motivos personales para perjudicar al club arrojan elementos al campoo de juego. Se recibe oficio de la policia de la Pcia de Cordoba acreditandose que la agresion fue provocada por una persona que forma parte de la parcialidad, identificada y que se le aplico la violacion del codigo de convivencia. Y CONSIDERANDO ...En merito de la prueba aportada en autos, de los testimonios y prueba informativa contundente informado por la polica de la Pcia de Córdoba delegación Justiniano Posse que manifiesta que el caño fue arrojado por "un barra brava pertenciente al club Defensores de Jucewntud", que luego de averiguaciones fue identificado y se le realizaron actuaciones sumariales, hechos que deben ser encuadrados en lo prescripto por el art. 80 del RTyPSE RESUELVE ...Sancionar al club defensores de Juventud de Justiniano Posse con la pena de MULTA, de v.e.reales(precio de venta al público), de dos (2) fechas de cincuenta (50) entradas c/u, total (cien entradas), por violación art. 80"c"-32-33 dl RTyP, debiendo abonarse de acuerdo a lo normado en el art. 149 del mismo plexo normativo. EXPTE 46/2016 Club Union Morrison, s/disturbios Autos a estudio para dictar resolución EXPTE 48/2016 AZCHERITO FRANCO ENZO p.s.a agresión Citar para el día miercoles 12/10/2016 a las 20.30 hs, al sr. Azcherito Franco, para receptarsele declaración testimonial, art. 8 RTyP. EXPTE 49/2016 ALMENARA SANTIAGO CRUZ p.s.a agresión y suspensión partido Citar para el día miercoles 12/10/2016 a las 20.45 hs, al sr. Almenara Santiago Cruz, para receptásele declaracion testimonial. art. 8 RTyP Oficiar a la policia de la Pcia. de Cordoba delg.San Marcos sud para que informe sobre los hechos acontecidos durante la disputa del partido de cuarta división del día 02/10/2016, entre las divisiones de los clubes Firpo de San Marcos Sud y River Plate de Bell ville, que motivaronb la suspensión del mismo.- EXPTE 50/2016 ACUÑA ELIAS ISMAEL p.s.a agresión Citar para el día miercoles 12/10/2016 a las 21.00 hs, al sr. Acuña Elías, acompañado por sus srs padres y delegado del club, para receptarsele declaración testimonial. art 8 RTyP EXPTE 51/2016 Begil Pablo, p.s.a. violación art. 270 RTyP Solicitar al Colegio de árbitros A.S.C.A.F.el concepto que le merece
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